Si el intervalo entre el momento que usted empezó a trabajar y el tiempo que deja de trabajar es de diez horas o más, usted tiene derecho a una hora adicional de pago conforme a la Ley del Estado de Nueva York. Esto se llama “Propagación de las Horas de Pago.”
Por ejemplo, si comenzó a las 10:00 de la mañana y se fue a las 8:00 de la noche o después- sin importar la hora del almuerzo, o cuántos descansos tuvo, o si se fue por varios horas en el medio del día porque el establecimiento estaba cerrado – usted tiene derecho a una hora adicional de pago a la tasa de salario mínimo. La mayoría de los jefes engañan a sus empleados al no pagar esta hora extra de pago.
Si su jefe no paga por propagación de horas pagadas, usted tiene derecho a recuperar el doble en daños y perjuicios, siempre y cuando se pueda demostrar que su jefe le engañó intencionalmente. Usted puede obtener daños y perjuicios de seis años a partir desde cuando se presentó una queja, y su jefe probablemente será responsable personalmente de estos daños. También puede ser responsable por daños adicionales.
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